viernes, 11 de marzo de 2011

Caledario laboral 2011

    Después de sufrir varias modificaciones, se ha firmado el acta de la reunión mantenida con la Empresa el pasado 21 de enero y que incluía el calendario laboral 2011.  
    En lo referente al calendario, se acuerdan 1.800 horas de trabajo efectivo (225 días), por lo tanto, como el convenio del Metal fija una jornada anual de 1.750 horas, el excedente de jornada será de 50 horas.  
    En un principio, la Empresa manifestó la problemática que le había supuesto el que durante el mes de diciembre de 2010, una parte importante del personal hubiese solicitado a la vez  los días que les quedaban por disfrutar, no pudiendo cubrir el servicio adecuadamente, problema que, a nuestro entender, genero la propia Empresa por haberlos denegado con anterioridad.
    El Comité planteo la posibilidad  de que el trabajador pudiese optar por una compensación económica en caso de no querer disfrutar del exceso de jornada, y de esta forma cada persona pudiese  gestionar mejor sus días,  a lo que la Empresa en un principio se negó.
    Finalmente, la Empresa ha aceptado la propuesta, quedando de la siguiente manera:

·         El disfrute del exceso de jornada quedara dividido en dos semestres, por lo tanto, del 1 de enero  al 30 de junio se podrán disfrutar 24 horas, y del 1 de julio al 31 de diciembre las 26 horas restantes.
·         Como alternativa, y si el trabajador lo prefiere, la Empresa ofrece la posibilidad de abonar la cantidad de 62 euros por cada 8 horas de exceso, que se harán efectivas en la nomina siguiente a recibir la comunicación del trabajador solicitando el abono.
·         Si por cualquier motivo, y llegado el final de cada semestre, el trabajador no hubiese disfrutado del excedente de jornada, la Empresa procederá al abono automático de los 62 euros por cada 8 horas no disfrutadas haciéndolo efectivo en los meses de julio y enero del año siguiente.
·         Para el personal adscrito al Convenio del transporte, los días personales serán tres y se disfrutaran según lo establecido en los pactos y acuerdos de subrogación.

      Desde UGT valoramos  positivamente el acuerdo alcanzado sobre el exceso de jornada, y creemos que abre un nuevo  abanico de posibilidades para que cada trabajador pueda gestionar de una forma más eficaz  dicho exceso.