martes, 11 de febrero de 2014

CALENDARIO 2014: NOTA INFORMATIVA COMITÉ DE EMPRESA III

Después de los posicionamientos de la Empresa y el Comité en relación al calendario laboral 2014 y la gestión del posible exceso de jornada, se ha alcanzado un acuerdo que se procederá a ratificar durante la mañana del miércoles 12 de febrero.

Las líneas generales del acuerdo son:

1-  La jornada máxima para este año se concreta en 1816 horas (227 días). La jornada fijada por el convenio actual del metal (en negociación) es de 1750, por lo tanto, se puede producir un exceso de jornada de 66 horas para este año.
2- De las 66 horas de posible exceso de jornada, cada trabajador podrá disfrutar, como descanso, de un máximo de 32 horas (4 días), quedando el resto pendientes de regularización a 31 de diciembre.
3-  Las situaciones que no generan exceso de jornada son:

a.   No recuperación de la bolsa negativa, excepto causas reguladas por el acuerdo de flexibilidad, a valor hora por hora.
b.   Faltas injustificadas a valor hora por hora.
c.   Sanciones de empleo a valor día por día.
d.  Cualquier situación laboral, sea cual sea su causa, que suponga la no presencia de más de 30 días consecutivos, valor 66 horas.
e.  Permisos no retribuidos diferentes de los regulados en el art.57.b del convenio del metal (3 días personales)
f.   Aplicación de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo a valor día por día.

4-  El exceso de jornada disfrutado y no generado se descontará a 31 de diciembre, mientras que el exceso de jornada no disfrutado y generado se añadirá en positivo a la bolsa del trabajador en esa misma fecha.
5-  Las horas de exceso de jornada de 2013 pasarán a la bolsa de cada trabajador y si las bolsas están ya en 200 horas se abonará la diferencia.


Así mismo, en un plazo máximo de un mes, la empresa procederá a entregar una nueva comunicación a la plantilla del estado de su bolsa de flexibilidad una vez reguladas las horas del 2013.